30 de mayo

_»Don Juan por la gracia de Dios. Acatando que la Villa de Madrid es casa propia mía, e lo siempre fue de los Reyes de gloriosa memoria mis progenitores, e que es vna de las principales de mis Reynos. E otro si porque cumple a mi servicio, e al bien comun de los dichos mis Reynos, e al pacifico estado, e tranquilidad dellos, que la dicha Villa siempre sea mia, e de los Reyes que despues de mi fueren en Castilla , y en Leon. E acatando los buenos e leales seruicios que la dicha Villa, e su tierra, e los vezinos, e moradores della siempre hizieron a los Reyes donde yo vengo, es mi voluntad, e merced, e me place que la dicha Villa, e su tierra, e aldeas, e terminos, e juridicion alta, baxa, e justicia civil e criminal, e mero mixto imperio, e rentas, pechos, e derechos, e penas, e calonias, e otras cosas qualesquier pertenecientes al Señorio de la dicha Villa; e su tierra para siempre jamas inmediatamente sea, e finque, e sea e finque e queden de mi, e conmigo, e de los Reyes, e con los Reyes, que despues de mi reynaren en Castilla, y en Leon, e de la Corona, e con la Corona, e para la Corona Real de mis Reynos perpetuamente para siempre jamas. Porende por manera de ordenanza , establecimiento e disposicion, e por pacto, &c.»_

Firmado el Rey Juan segundo y refrendado por el Doctor Fernando Díaz de Toledo , “Oydor y Refrendario del Rey, y de su Consejo, y su Secretario”. A 30 de mayo de 1442.

Ya hablamos de Juan II el 7 de marzo y de cómo su primo Enrique le secuestra, consiguiendo escapar con D. Álvaro de Luna, corría 1420.

Juan II además de tener el mandato moral de luchar contra los moros también tuvo que vérselas con sus primos los Infantes de Aragón, guerras castellano-aragonesas de 1429-1430 y 1437-1445 (parece que el enfrentamiento entre los empadronador por San Jorge y los de San Isidro viene de largo), de la primera salió beneficiado Álvaro de Luna y perjudicados los nobles (temas de unos bienes que cambian de titular), por lo que los nobles castellanos se ponen del lado de los de Aragón contra Juan II, por promesas de que les van a devolver aquellos bienes.

Vale, Madriz no tenía ánimo para farolillos después de la peste de 1438, pero en 1439 existía el temor de que la ciudad acabase siendo parte del señorío de algún noble, algo que a los gatos no molaba nada, por lo que el consejo manda una carta al rey mostrando su inquietud, que les contesta que no hagan caso de habladurías, y que ciertos nobles van contando cosas que no son. En 1840 la cosa se pone calentita, Enrique de Aragón consigue que nobles y varias ciudades se subleven contra Juan II, Madriz se mantiene fiel, dando refugio al rey impidiendo la entrada de Enrique que le seguía desde Illescas.

Esa es la razón de la disposición real, asegurar a Madriz que la ciudad es del, con y para el rey, y nunca de ningún noble.

JMDC mayo 2019

Fuentes:

Historia de Madrid desde sus tiempos más antiguos.. Agustín Azcona Madrid 1843 Tomo I. pag. 252 a 261 (ejemplar Biblioteca Nacional 1 72625 digitalizado)

https://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_civil_castellana_de_1437-1445

https://es.wikipedia.org/wiki/Juan_II_de_Castilla

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